EFEMERIDES DE ATACAMA 08 DE MAYO

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PROMULGACION DEL REGLAMENTO DE CEMENTERIOS MUNICIPALES (08 DE MAYO DE 1885)

Este Reglamento fue aprobado por la ilustre Municipalidad de Copiapó y promulgado por la Intendencia, para normar los procedimientos en todos los cementerios del departamento de Copiapó.
En lo sustancial, el título I señala:
Articulo 1. En el departamento de Copiapó habrá a lo menos tantos cementerios municipales cuantas circunscripciones del Registro Civil. Estos cementerios serán públicos y comunes. Todo cementerio de otras características será clausurado por la Intendencia.
Artículo 3. Ningún cadáver ser admitido en el Cementerio, sin el certificado de pago de los derechos de entierro, otorgado por el tesorero municipal de Copiapó, o por el administrador respectivo y sin el pase correspondiente del oficial del registro civil.
El Título II señala:
Articulo 9. La recepción de cadáveres en el cementerio tendrá lugar desde el 1 de abril al 20 de septiembre, desde las 6 AM, hasta las 6 PM y en los meses restantes del año, desde las 5 AM hasta la 7 PM. Los cadáveres de variolosos u otras enfermedades contagiosas, podrán admitirse desde las doce de la noche hasta las cuatro de la mañana.
Título III:
Articulo 11. Las sepulturas de los cementerios del departamento serán de familia o singulares. En las sepulturas de familia pueden ser inhumados el concesionario, su consorte, ascendientes, descendientes en línea de padres a hijos hasta la cuarta generación. No podrán trasmitirse el derecho a sepultación de familia o singular, ni inhumarse en ellas otros cadáveres que los que su titulo designe.

FUENTE: Diccionario Historico Efemerico de Atacama